3. Art�culo 241 ter Recurso contra la ejecuci�n. 1. La jornada tendrá lugar el próximo día 24 de noviembre en la sede del Colegio de ... Cómo actuar ante una inspección de Hacienda (3.ª Edición), Guía práctica contable y fiscal de los regímenes especiales, Fiscalidad de no residentes y convenios sobre doble imposición, Todo Cierre Fiscal y Contable (Suscripción), El Tribunal Supremo aclara finalmente cómo aplicar las subidas del SMI, El Supremo considera nula la gestación subrogada por tratar a la madre y al niño como "meros objetos", Así son los perfiles más buscados en el sector legal, Un juez anula una hipoteca firmada hace 15 años por la incapacidad de su titular, reconocida judicialmente años después, Un juez reconoce diez semanas adicionales de prestación por nacimiento a una familia monoparental. Transcurrido el plazo se�alado en el apartado anterior desde la interposici�n de la reclamaci�n sin haberse notificado resoluci�n expresa y siempre que se haya acordado la suspensi�n del acto reclamado, dejar� de devengarse el inter�s de demora en los t�rminos previstos en el apartado 4 del art�culo 26 de esta Ley. En los casos de reclamaciones relativas a retenciones, ingresos a cuenta, repercusiones, a la obligaci�n de expedir y entregar factura y relaciones entre el sustituto y el contribuyente, el escrito de interposici�n se dirigir� al tribunal competente para resolver la reclamaci�n. Ayuda Búsqueda de criterios de resolución. 2. En los tribunales econ�mico-administrativos regionales podr�n crearse salas desconcentradas con el �mbito territorial y las competencias que se fijen en la normativa tributaria. Se podr� suspender la ejecuci�n del acto recurrido sin necesidad de aportar garant�a cuando se aprecie que al dictarlo se ha podido incurrir en error aritm�tico, material o de hecho. El recurso extraordinario de revisi�n podr� interponerse por los interesados contra los actos firmes de la Administraci�n tributaria y contra las resoluciones firmes de los �rganos econ�mico-administrativos cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: 2. 14. Art�culo 215 Motivaci�n de las resoluciones. 9. Dicha suspensi�n continuar�, siempre que la garant�a que se hubiese aportado en v�a administrativa conserve su vigencia y eficacia, hasta que el �rgano judicial adopte la decisi�n que corresponda en relaci�n con la suspensi�n solicitada. Las resoluciones y los actos de la Administraci�n tributaria que se fundamenten en la doctrina establecida conforme a este precepto lo har�n constar expresamente. Si con posterioridad a la interposici�n de la reclamaci�n, y antes de su resoluci�n, se dictara resoluci�n expresa, se remitir� al Tribunal, una vez notificada al interesado. En el c�mputo del plazo anterior no se incluir� el per�odo concedido para efectuar alegaciones a los titulares de derechos afectados a los que se refiere al p�rrafo segundo del apartado 3 del art�culo 232 de esta ley, ni el empleado por otros �rganos de la Administraci�n para remitir los datos o informes que se soliciten. Asiento: MAR DEL PLATA - Partido: GENERAL PUEYRREDÓN - Dpto: Mar del Plata. Los derechos civiles y políticos son dos categorías de derechos que a veces suelen estudiarse de forma conjunta. 1. Se declarar� la inadmisibilidad en los siguientes supuestos: Para declarar la inadmisibilidad el tribunal podr� actuar de forma unipersonal. 3. Las resoluciones de los �rganos econ�mico-administrativos podr�n ser declaradas lesivas conforme a lo previsto en el art�culo 218 de esta ley. Art�culo 230 Acumulaci�n de reclamaciones econ�mico-administrativas. 4. Contra las resoluciones dictadas en primera instancia por los tribunales econ�mico-administrativos regionales y locales y por los �rganos econ�mico-administrativos de las Comunidades Aut�nomas y de las Ciudades con Estatuto de Autonom�a podr� interponerse recurso de alzada ordinario ante el Tribunal Econ�mico-Administrativo Central en el plazo de un mes contado desde el d�a siguiente al de la notificaci�n de las resoluciones. Doctrina y Criterios de los Tribunales Económico-Administrativos. 5. 4. Las resoluciones que pongan fin a la v�a econ�mico-administrativa ser�n susceptibles de recurso contencioso-administrativo ante el �rgano jurisdiccional competente. Cuando un obligado tributario considere que la presentaci�n de una autoliquidaci�n ha dado lugar a un ingreso indebido, podr� instar la rectificaci�n de la autoliquidaci�n de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del art�culo 120 de esta ley. 3. En el �mbito de competencias del Estado, son �rganos econ�mico-administrativos: 3. El tribunal deber� resolver expresamente en todo caso. Este acuerdo podr� ser adoptado a trav�s de �rganos unipersonales. Si la deuda se encontrara en periodo ejecutivo, la presentaci�n de la solicitud de suspensi�n con otras garant�as distintas de las necesarias para obtener la suspensi�n autom�tica, o con dispensa total o parcial de garant�as, o basada en la existencia de error aritm�tico, material o de hecho, no impedir� la continuaci�n de las actuaciones de la Administraci�n, sin perjuicio de que proceda la anulaci�n de las efectuadas con posterioridad a la fecha de la solicitud si la suspensi�n fuese concedida finalmente. La reclamaci�n econ�mico-administrativa ser� admisible, en relaci�n con las materias a las que se refiere el art�culo anterior, contra los actos siguientes: 2. El �rgano competente para conocer del recurso de reposici�n no podr� abstenerse de resolver, sin que pueda alegarse duda racional o deficiencia de los preceptos legales. Estar�n legitimados para promover las reclamaciones econ�mico-administrativas: 3. 1. 3. En los casos del art�culo 68.9 de esta Ley, si la reclamaci�n afecta a una deuda tributaria que, a su vez, ha determinado el reconocimiento de una devoluci�n a favor del obligado tributario, las garant�as aportadas para obtener la suspensi�n garantizar�n asimismo las cantidades que deban reintegrarse como consecuencia de la estimaci�n total o parcial de la reclamaci�n. NATLEX - República Dominicana. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resoluci�n expresa, el interesado podr� considerar desestimada la reclamaci�n al objeto de interponer el recurso procedente. Librería Jurídica Online Profesional. La acumulaci�n atender� al �mbito territorial de cada Tribunal Econ�mico-Administrativo o sala desconcentrada, sin que en ning�n caso pueda alterar la competencia para resolver ni la v�a de impugnaci�n procedente, salvo en los casos previstos en los p�rrafos a), c) y d) del apartado 1 de este art�culo. El acogimiento por la abuela materna no es un cambio definitivo, ni justifica la extinción de usar la casa familiar
Busca tu trámite o servicio en TGR Destacados Contribuciones Convenios de Pago Oficina Virtual Espacio destacado Lorem ipsum dolor sit amet, consectetur adipiscing elit. 2. Cuando hayan sido confirmados por sentencia judicial firme, no ser�n revisables en ning�n caso los actos de aplicaci�n de los tributos y de imposici�n de sanciones ni las resoluciones de las reclamaciones econ�mico-administrativas. ... España concede una prestación al ciudadano que tiene reconocida una pensión de jubilación venezolana que no le pagan. Recurso de amparo 229-2021. 2. En los supuestos de silencio administrativo, podr� interponerse la reclamaci�n desde el d�a siguiente a aqu�l en que produzcan sus efectos. En el supuesto de deudas de vencimiento peri�dico y notificaci�n colectiva, el plazo para la interposici�n se computar� a partir del d�a siguiente al de finalizaci�n del per�odo voluntario de pago. No cabr� denegar la pr�ctica de pruebas relativas a hechos relevantes, pero la resoluci�n que concluya la reclamaci�n no entrar� a examinar las que no sean pertinentes para el conocimiento de las cuestiones debatidas, en cuyo caso bastar� con que dicha resoluci�n incluya una mera enumeraci�n de las mismas, y decidir� sobre las no practicadas. Dra. Cuando el acto de aplicaci�n de los tributos o de imposici�n de sanciones en virtud del cual se realiz� el ingreso indebido hubiera adquirido firmeza, �nicamente se podr� solicitar la devoluci�n del mismo instando o promoviendo la revisi�n del acto mediante alguno de los procedimientos especiales de revisi�n establecidos en los p�rrafos a), c) y d) del art�culo 216 y mediante el recurso extraordinario de revisi�n regulado en el art�culo 244 de esta ley. 6. Contra las resoluciones que se dicten se podr� interponer el recurso extraordinario de alzada para unificaci�n de criterio previsto en el art�culo 242 de esta Ley. Se aplica, además, a todos los asuntos de cualquier jurisdicción o especialidad y a las actuaciones de particulares y autoridades administrativas, cuando ejerzan funciones jurisdiccionales, en cuanto no estén regulados expresamente en otras leyes. El Ministerio ha desarrollado en los plazos previstos el sistema electrónico que contempla el Libro Tercero, Procedimiento especial para microempresas, de la nueva ley Concursal
No obstante, la Sala Primera del Tribunal Supremo, en ... La venta de la unidad productiva, la estrella de la reforma concursal. En ejecuci�n de una resoluci�n que estime total o parcialmente el recurso contra la liquidaci�n de una obligaci�n tributaria conexa a otra del mismo obligado tributario de acuerdo con el art�culo 68.9 de esta Ley, se regularizar� la obligaci�n conexa distinta de la recurrida en la que la Administraci�n hubiese aplicado los criterios o elementos en que se fundament� la liquidaci�n de la obligaci�n tributaria objeto de la reclamaci�n. 1. Portal institucional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Inicio escribir correo a contactoweb@te.gob.mx En los casos de reclamaciones relativas a retenciones, ingresos a cuenta, repercusiones, obligaci�n de expedir y entregar factura o a las relaciones entre el sustituto y el contribuyente, el tribunal notificar� la interposici�n de la reclamaci�n a la persona recurrida para que comparezca, mediante escrito de mera personaci�n, adjuntando todos los antecedentes que obren a su disposici�n o en registros p�blicos. Ser� competente para conocer de este recurso el �rgano del Tribunal que hubiera dictado la resoluci�n que se ejecuta. 15. Transcurrido ese plazo sin haberse notificado resoluci�n expresa, el interesado podr� entender desestimado el recurso. 3. No obstante, la falta o la insuficiencia del poder no impedir� que se tenga por presentado el escrito siempre que el compareciente acompa�e el poder, subsane los defectos de que adolezca el presentado o ratifique las actuaciones realizadas en su nombre y representaci�n sin poder suficiente. El plazo para la interposici�n del recurso que proceda empezar� a contarse desde el d�a siguiente a la notificaci�n de la resoluci�n expresa. A los legitimados e interesados en el recurso de reposici�n les ser�n aplicables las normas establecidas al efecto para las reclamaciones econ�mico-administrativas. 2. Para la resoluci�n de las cuestiones incidentales el tribunal podr� actuar de forma unipersonal. El recurso se interpondr� en el plazo de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que qued� firme la sentencia judicial. Los actos dictados por la Administraci�n tributaria susceptibles de reclamaci�n econ�mico-administrativa podr�n ser objeto de recurso potestativo de reposici�n, con arreglo a lo dispuesto en este cap�tulo. 5. 3. En virtud del principio de publicidad, las autoridades darán a conocer al público y a los interesados, en forma sistemática y permanente, sin que medie petición alguna, sus actos, contratos y resoluciones, mediante las comunicaciones, notificaciones y publicaciones que ordene la ley, incluyendo el empleo de tecnologías que permitan difundir de manera masiva tal información de … El �mbito de los tribunales econ�mico-administrativos regionales y locales coincidir� con el de la respectiva Comunidad Aut�noma o Ciudad con Estatuto de Autonom�a y su competencia territorial para conocer de las reclamaciones econ�mico-administrativas se determinar� conforme a la sede del �rgano que hubiera dictado el acto objeto de la reclamaci�n. Vigente desde 08-06-2022 | Cód. Transcurridos casi cuatro meses de su entrada en vigor, la novedad y modificación realizada que más éxito está teniendo de la reforma concursal, es sin lugar a dudas, la venta de la un ... Programa de especialización Cierre Fiscal y Contable. Portal institucional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Inicio escribir correo a contactoweb@te.gob.mx 2. 3. Fuera de los casos previstos en el art�culo 217 y 220 de esta ley, la Administraci�n tributaria no podr� anular en perjuicio de los interesados sus propios actos y resoluciones. El Alto Tribunal aclara que el recurso debe ser resuelto antes de permitir la excarcelación del reo
Dra. BIENESTAR SOCIAL - Subtema: Incentivos. La doctrina que de modo reiterado establezca el Tribunal Econ�mico-Administrativo Central vincular� a los tribunales econ�mico-administrativos regionales y locales y a los �rganos econ�mico-administrativos de las Comunidades Aut�nomas y de las Ciudades con Estatuto de Autonom�a y al resto de la Administraci�n tributaria del Estado y de las Comunidades Aut�nomas y de las Ciudades con Estatuto de Autonom�a. La suspensi�n producida en el recurso de reposici�n se podr� mantener en la v�a econ�mico-administrativa en las condiciones que se determinen reglamentariamente. Los plazos para la interposici�n de los correspondientes recursos comenzar�n a contarse desde el d�a siguiente al de la notificaci�n de la resoluci�n expresa. 1. 1. Podr�n plantearse como cuestiones incidentales aquellas que se refieran a extremos que, sin constituir el fondo del asunto, est�n relacionadas con el mismo o con la validez del procedimiento y cuya resoluci�n sea requisito previo y necesario para la tramitaci�n de la reclamaci�n, no pudiendo aplazarse hasta que recaiga acuerdo sobre el fondo del asunto. Cuando se pretenda la respuesta oral en Plenarias, el escrito no podrá contener más que la escueta y estricta formulación de una sola cuestión, interrogando sobre un hecho, una situación o una información, sobre si el Gobierno ha tomado o va a tomar alguna providencia en relación con un asunto, o si el Gobierno va a remitir al Congreso algún documento o la información que interese. La resoluci�n que ponga t�rmino al incidente no ser� susceptible de recurso. En el procedimiento econ�mico-administrativo ya iniciado podr�n comparecer todos los que sean titulares de derechos o intereses leg�timos que puedan resultar afectados por la resoluci�n que hubiera de dictarse, sin que la tramitaci�n haya de retrotraerse en ning�n caso. 1. A tal efecto, estas resoluciones ser�n comunicadas a la Administraci�n competente. 4. En el �mbito de la Administraci�n General del Estado, la declaraci�n de lesividad corresponder� al Ministro de Hacienda. Desempeño del Compliance Officer. Objeto. Si �ste se hallara fuera de Espa�a, la competencia corresponder� al Tribunal Econ�mico-Administrativo Central, cualquiera que sea su cuant�a. En materia de aplicaci�n de los tributos, son reclamables: 3. Doctrina y Criterios de los Tribunales Económico-Administrativos. El procedimiento econ�mico-administrativo ser� gratuito. El acuerdo de archivo de actuaciones podr� revisarse conforme a lo dispuesto en el art�culo 241 bis de esta Ley. Este código regula la actividad procesal en los asuntos civiles, comerciales, de familia y agrarios. 3. Se establece una subida, efectiva desde el 1 de enero, del 8,5% con carácter general de las pensiones del sistema de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado. Domina las exigencias para una adecuada configuración y funcionamiento del Canal de Denuncias. Las reclamaciones y recursos econ�mico-administrativos someten a conocimiento del �rgano competente para su resoluci�n todas las cuestiones de hecho y de derecho que ofrezca el expediente, hayan sido o no planteadas por los interesados, sin que en ning�n caso pueda empeorar la situaci�n inicial del reclamante. Cuando el recurrente hubiera estado personado en el procedimiento en primera instancia, el escrito de interposici�n deber� contener las alegaciones y adjuntar� las pruebas oportunas, resultando admisibles �nicamente las pruebas que no hayan podido aportarse en primera instancia. El �rgano econ�mico-administrativo podr� dictar resoluci�n, incluso con anterioridad a recibir el expediente, siempre que de la documentaci�n presentada por el reclamante resulten acreditados todos los datos necesarios para resolver. ... El TS autoriza que una mujer se ponga los apellidos de la madre y borre el del padre que la abandonó cuando tenía 5 años. Artículo 214 Capacidad y representación, prueba, notificaciones y plazos de resolución . El plazo m�ximo para notificar resoluci�n expresa ser� de seis meses desde la notificaci�n del acuerdo de iniciaci�n del procedimiento. Cuando el recurso tenga su origen en una resoluci�n de un �rgano dependiente de una Comunidad Aut�noma o Ciudad con Estatuto de Autonom�a, las referencias al Director de la Agencia Estatal de Administraci�n Tributaria y al Director General o Director del Departamento de la Agencia Estatal de Administraci�n Tributaria se entender�n realizadas a los �rganos equivalentes o asimilados de dicha Comunidad Aut�noma o Ciudad con Estatuto de Autonom�a. Asimismo proceder� la suspensi�n del curso de aquellos procedimientos econ�mico-administrativos para cuya resoluci�n sea preciso conocer el resultado de la cuesti�n prejudicial planteada. 2. ... Ley 38/2022 : Nuevo Impuesto de las Grandes Fortunas, gravámenes energético y de entidades de crédito. 4. 2. Las resoluciones de los procedimientos especiales de revisi�n, recursos y reclamaciones regulados en este t�tulo deber�n ser motivadas, con sucinta referencia a hechos y fundamentos de derecho. No se admitir�n reclamaciones econ�mico-administrativas respecto de los siguientes actos: Art�culo 228 �rganos econ�mico-administrativos. 6. Jefe. 2. El procedimiento para declarar la nulidad a que se refiere este art�culo podr� iniciarse: 3. 4. 1. Artículo 1°. Cada Miembro se esforzará por poner a disposición del público cualquier información sobre las resoluciones anticipadas que, a su juicio, tenga un interés significativo para otras partes interesadas, teniendo en cuenta la necesidad de proteger la información comercial confidencial. La Cámara de Apelaciones ejercerá la superintendencia directa sobre los magistrados, funcionarios y empleados y sobre el ministerio público. Ocultar / Mostrar comentarios Número 6 del artículo 8 redactado por el artículo duodécimo de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el … Reglamentariamente se podr�n establecer supuestos en los que la solicitud de dicho informe tenga car�cter preceptivo. Calle: Córdoba Nro: 2967 CP: 7600 Ubicar en mapa >> Telediscado: 0223 Tel/Fax: 495-4041-495-5567 Interno/s: 110. No obstante, si la reclamaci�n o el recurso resulta desestimado o inadmitido y el �rgano econ�mico-administrativo aprecia temeridad o mala fe, podr� exigirse a la persona a la que resulte imputable dicha temeridad o mala fe que sufrague las costas del procedimiento, seg�n los criterios que se fijen reglamentariamente. El Fiscal Nacional Económico, Ricardo Riesco, realizará este 31 de mayo a las 10:00 hrs., la cuenta Pública Participativa 2021 de la Fiscalía Nacional Económica (FNE). La reclamaci�n econ�mico-administrativa en �nica o primera instancia se interpondr� en el plazo de un mes a contar desde el d�a siguiente al de la notificaci�n del acto impugnado, o desde el d�a siguiente a aqu�l en que quede constancia de la realizaci�n u omisi�n de la retenci�n o ingreso a cuenta, de la repercusi�n motivo de la reclamaci�n o de la sustituci�n derivada de las relaciones entre el sustituto y el contribuyente. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo. Transcurrido el plazo de un mes desde la interposici�n, el interesado podr� considerar desestimado el recurso al objeto de interponer la reclamaci�n procedente. Consultas y comentarios al correo contactenos@fne.gob.cl El tribunal deber� dar traslado del informe al reclamante para que pueda presentar alegaciones al mismo. Calle: Córdoba Nro: 2967 CP: 7600 Ubicar en mapa >> Telediscado: 0223 Tel/Fax: 495-4041-495-5567 Interno/s: 110. La puesta de manifiesto del expediente electr�nico podr� tener lugar por medios electr�nicos, inform�ticos o telem�ticos, pudiendo presentarse por estos medios las alegaciones y pruebas. La interposici�n de la reclamaci�n se realizar� obligatoriamente a trav�s de la sede electr�nica del �rgano que haya dictado el acto reclamable cuando los reclamantes est�n obligados a recibir por medios electr�nicos las comunicaciones y notificaciones. 2. Trat�ndose de actos dictados por delegaci�n y salvo que en �sta se diga otra cosa, el recurso de reposici�n se resolver� por el �rgano delegado. Si el recurrente precisase del expediente para formular sus alegaciones, deber� comparecer durante el plazo de interposici�n del recurso para que se le ponga de manifiesto. Cuando se produzca la renuncia o desistimiento del reclamante, la caducidad de la instancia o la satisfacci�n extraprocesal, el tribunal acordar� motivadamente el archivo de las actuaciones. Cuando se act�e mediante representaci�n, el documento que la acredite se acompa�ar� al primer escrito que no aparezca firmado por el interesado, que no se cursar� sin este requisito. El �rgano econ�mico-administrativo deber� resolver expresamente en todo caso. Los Letrados de la Administración de Justicia y funcionarios competentes de la oficina judicial y de la oficina fiscal facilitarán a los interesados cuanta información soliciten sobre el estado de las actuaciones procesales, que podrán examinar y conocer, salvo que sean o hubieren sido declaradas secretas o reservadas conforme a la ley. Entrevistamos a María del Pilar Rodríguez, Censor-Interventor del colegio de Registradores y Directora del Servicio de Previsión Colegial y miembro de la Comisión Ejecutiva de Jubilare, un ... Arranca el primer encuentro Jubilare: «Ética y filosofía del envejecimiento». 1. La resoluci�n que se dicte no afectar� a la situaci�n jur�dica particular derivada de las resoluciones previas. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Art�culo 219 Revocaci�n de los actos de aplicaci�n de los tributos y de imposici�n de sanciones. Convenio: 28002235011982-2802235 |, Disposición: 23-12-2022 | Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección Territorial de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de Valencia, por la que se dispone el registro, depósito y publicación del convenio colectivo sectorial para el Transporte de Viajeros por Carretera de la provincia de Valencia 2022-2024, Disposición: 23-12-2022 | | núm 5 de 09-01-2023 | 4. Cuando en el plazo establecido para recurrir se hubieran interpuesto recurso de reposici�n y reclamaci�n econ�mico-administrativa que tuvieran como objeto el mismo acto, se tramitar� el presentado en primer lugar y se declarar� inadmisible el segundo. Art�culo 222 Objeto y naturaleza del recurso de reposici�n. Contra la resoluci�n de un recurso de reposici�n no puede interponerse de nuevo este recurso. Si la resoluci�n del recurso de anulaci�n desestimase el mismo, el recurso que se interponga tras la resoluci�n del recurso de anulaci�n servir� para impugnar tanto esta resoluci�n como la dictada antes por el tribunal econ�mico-administrativo objeto del recurso de anulaci�n, pudiendo plantearse en ese recurso tanto las cuestiones relativas a los motivos del recurso de anulaci�n como cualesquiera otras relativas al fondo del asunto y al acto administrativo inicialmente impugnado. La reposici�n somete a conocimiento del �rgano competente para su resoluci�n todas las cuestiones de hecho o de derecho que ofrezca el expediente, hayan sido o no planteadas en el recurso, sin que en ning�n caso se pueda empeorar la situaci�n inicial del recurrente. En caso de deficiencia t�cnica imputable a la Administraci�n Tributaria que imposibilite la realizaci�n del tr�mite por esta v�a, el Tribunal adoptar� las medidas oportunas para evitar perjuicios al interesado, pudiendo, entre otras, conceder un nuevo plazo, prorrogar el anteriormente concedido o autorizar que se realice por otros medios. 4. Las reclamaciones econ�mico-administrativas se tramitar�n por el procedimiento previsto en esta secci�n cuando sean de cuant�a inferior a la que se determine reglamentariamente. Vigente desde 01-01-2020 | Cód. 1. La prevención de riesgos laborales en el domicilio no puede considerar solo como puesto de trabajo la mesa, la silla y el ordenador
3. En todo caso, el Tribunal antes de plantear la cuesti�n prejudicial conceder� un plazo de quince d�as a la Administraci�n Tributaria autora del acto para que formule alegaciones. 1. El recurso de reposici�n deber� interponerse, en su caso, con car�cter previo a la reclamaci�n econ�mico-administrativa. En este caso, se remitir� al tribunal el nuevo acto dictado junto con el escrito de interposici�n. 3. 3. 6. ... Real Decreto-ley 20/22: Modificaciones en el régimen de los créditos ICO en el concurso y preconcurso. En general, son derechos que protegen las libertades individuales de su quebrantamiento ilegal por parte del poder, y garantizan la capacidad del ciudadano para participar en la vida civil y política del Estado en condiciones de igualdad, y sin discriminación. 4. Podr� suspenderse la ejecuci�n del acto recurrido sin necesidad de aportar garant�a cuando se aprecie que al dictarlo se ha podido incurrir en error aritm�tico, material o de hecho. 3. Cuando no se cumpla, en el plazo legalmente establecido, la resoluci�n del Tribunal que imponga la obligaci�n de expedir factura, el reclamante podr�, en nombre y por cuenta del reclamado, expedir la factura en la que se documente la operaci�n, conforme a las siguientes reglas: 7. ... RD 1058/2022: Revalorización de pensiones para 2023. Conoce también las claves últimas del desempeño del Compliance Officer. En los supuestos a los que se refiere este apartado, el tribunal podr� modificar la resoluci�n sobre la suspensi�n cuando aprecie que no se mantienen las condiciones que motivaron la misma, cuando las garant�as aportadas hubieran perdido valor o efectividad, o cuando conozca de la existencia de otros bienes o derechos susceptibles de ser entregados en garant�a que no hubieran sido conocidos en el momento de dictarse la resoluci�n sobre la suspensi�n. El conocimiento de las reclamaciones econ�mico-administrativas corresponder� con exclusividad a los �rganos econ�mico-administrativos, que actuar�n con independencia funcional en el ejercicio de sus competencias. La notificaci�n se har� de forma electr�nica obligatoriamente para los interesados, y en los t�rminos que reglamentariamente se establezcan, en los supuestos en que, de acuerdo con el art�culo 235.5 de esta Ley, sea obligatoria la interposici�n de la reclamaci�n por esta v�a. El plazo para interponer el recurso extraordinario de alzada para la unificaci�n de criterio ser� de tres meses contados desde el d�a siguiente al de la notificaci�n de la resoluci�n. La legitimaci�n para interponer este recurso ser� la prevista en el apartado 3 del art�culo 241. Promovido por don M.J.L., respecto de las resoluciones dictadas por las salas de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional que estimaron la impugnación de la resolución de la directora de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se instaba a Google, Inc., para que adoptara las medidas necesarias a fin de que … Si el �rgano administrativo no hubiese remitido al tribunal el escrito de interposici�n de la reclamaci�n, bastar� que el reclamante presente ante el tribunal la copia sellada de dicho escrito para que la reclamaci�n se pueda tramitar y resolver. El plazo de presentación de candidaturas finalizará el día 25 de octubre
La condena en costas se impondr� en la resoluci�n que se dicte, con menci�n expresa de los motivos por los que el �rgano econ�mico-administrativo ha apreciado la concurrencia de mala fe o temeridad, as� como la cuantificaci�n de la misma. El plazo m�ximo para notificar la resoluci�n ser� de un mes contado desde el d�a siguiente al de presentaci�n del recurso. El tribunal podr� suspender la ejecuci�n del acto con dispensa total o parcial de garant�as cuando dicha ejecuci�n pudiera causar perjuicios de dif�cil o imposible reparaci�n. Salvo en los casos de retroacci�n, los actos resultantes de la ejecuci�n de la resoluci�n deber�n ser notificados en el plazo de un mes desde que dicha resoluci�n tenga entrada en el registro del �rgano competente para su ejecuci�n. 11. Tambi�n podr� interponerse recurso de anulaci�n contra el acuerdo de archivo de actuaciones al que se refiere el art�culo 238 de esta Ley. 1. 2. 4. Los factores de minoración sirven para absorber las fluctuaciones del mercado que puedan producirse en el ejercicio 2022, y en atención al uso fiscal de los valores de referencia como base imponible de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, se utilizan en el cálculo individualizado de los mismos. Para resolver, los tribunales econ�mico-administrativos podr�n actuar de forma unipersonal. Ut elit tellus, luctus nec ullamcorper mattis, pulvinar dapibus leo. El �rgano u organismo que hubiera dictado el acto o la resoluci�n de la reclamaci�n rectificar� en cualquier momento, de oficio o a instancia del interesado, los errores materiales, de hecho o aritm�ticos, siempre que no hubiera transcurrido el plazo de prescripci�n. 1. ... La cuota colegial, la estrella de última hora en las elecciones del ICAM. 5. La tramitaci�n de este recurso se efectuar� a trav�s del procedimiento abreviado, salvo en el supuesto espec�fico en que la resoluci�n econ�mico-administrativa hubiera ordenado la retroacci�n de actuaciones, en cuyo caso se seguir� por el procedimiento abreviado o general que proceda seg�n la cuant�a de la reclamaci�n inicial. 6. 3. No se exigir�n intereses de demora desde que la Administraci�n incumpla el plazo de un mes. Art�culo 225 Resoluci�n del recurso de reposici�n. En la resoluci�n del recurso de alzada ordinario ser� de aplicaci�n lo dispuesto en el art�culo 240 de esta Ley. El plazo de interposici�n de este recurso ser� de un mes a contar desde el d�a siguiente al de la notificaci�n del acto impugnado. Los obligados a interponer la reclamaci�n de forma electr�nica, habr�n de presentar las alegaciones, pruebas, y cualquier otro escrito, por esta misma v�a. Ley núm. Si el interesado est� disconforme con los actos dictados como consecuencia de la ejecuci�n de una resoluci�n econ�mico-administrativa, podr� presentar este recurso. Foro de Relaciones Laborales ESADE, ICADE, Instituto Cuatrecasas. De no hacerlo se entender� su conformidad con dichas consecuencias. 5. En virtud del principio de publicidad, las autoridades darán a conocer al público y a los interesados, en forma sistemática y permanente, sin que medie petición alguna, sus actos, contratos y resoluciones, mediante las comunicaciones, notificaciones y publicaciones que ordene la ley, incluyendo el empleo de tecnologías que permitan difundir de manera masiva tal información de … 2. Si el �rgano competente estima pertinente examinar y resolver cuestiones no planteadas por los interesados, las expondr� a los mismos para que puedan formular alegaciones. Las reclamaciones econ�mico-administrativas tramitadas por este procedimiento se resolver�n en �nica instancia por los tribunales econ�mico-administrativos. Edadismo, dilemas éticos, generosidad entre generaciones o soledad no deseada, entre los temas del evento celebrado en el Colegio de Registradores de España
Con excepci�n del supuesto al que se refiere el p�rrafo anterior, los actos de ejecuci�n, incluida la pr�ctica de liquidaciones que resulten de los pronunciamientos de los tribunales, no formar�n parte del procedimiento en el que tuviese su origen el acto objeto de impugnaci�n. Los tribunales econ�mico-administrativos regionales y locales y, en su caso, los �rganos econ�mico-administrativos de las Comunidades Aut�nomas y de las Ciudades con Estatuto de Autonom�a, conocer�n asimismo de las reclamaciones que se interpongan contra actuaciones de los particulares en materia tributaria susceptibles de reclamaci�n econ�mico-administrativa, en primera o �nica instancia seg�n que la cuant�a de la reclamaci�n exceda o no del importe que se determine reglamentariamente, salvo lo dispuesto en el art�culo 59.1.c), segundo p�rrafo, de la Ley 22/2009, por la que se regula el sistema de financiaci�n de las Comunidades Aut�nomas de r�gimen com�n y Ciudades con Estatuto de Autonom�a. En dichas alegaciones el interesado podr� pronunciarse sobre las consecuencias se�aladas en el p�rrafo anterior. 6. La Administraci�n tributaria podr� declarar lesivos para el inter�s p�blico sus actos y resoluciones favorables a los interesados que incurran en cualquier infracci�n del ordenamiento jur�dico, a fin de proceder a su posterior impugnaci�n en v�a contencioso-administrativa. Cuando se trate de actos que no tengan por objeto una deuda tributaria o cantidad l�quida, el tribunal podr� suspender su ejecuci�n cuando as� lo solicite el interesado y justifique que su ejecuci�n pudiera causar perjuicios de imposible o dif�cil reparaci�n. En general, son derechos que protegen las libertades individuales de su quebrantamiento ilegal por parte del poder, y garantizan la capacidad del ciudadano para participar en la vida civil y política del Estado en condiciones de igualdad, y sin discriminación. 4. 2. El plazo m�ximo para notificar resoluci�n expresa ser� de seis meses desde que se presente la solicitud por el interesado o desde que se le notifique el acuerdo de iniciaci�n de oficio del procedimiento. En la notificaci�n se advertir� que la resoluci�n expresa, seg�n su contenido, se considerar� impugnada en v�a econ�mico administrativa, o causar� la terminaci�n del procedimiento por satisfacci�n extraprocesal que ser� declarada por el �rgano econ�mico administrativo que est� conociendo el procedimiento. El transcurso del plazo previsto en el p�rrafo anterior sin que se hubiera notificado resoluci�n expresa producir� los siguientes efectos: 7. Ser� competente para conocer y resolver el recurso de reposici�n el �rgano que dict� el acto recurrido. Prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos sin el permiso de los titulares. Convenio: 46000665011981-4600665 |, Disposición: 23-12-2022 | Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Convenio colectivo de transporte interurbano de viajeros por carretera 2020-2024 de la provincia de Granada, Disposición: 19-12-2022 | | núm 4 de 09-01-2023 | Definiciones y alcance: El procedimiento para el reconocimiento del derecho a la devoluci�n de ingresos indebidos se iniciar� de oficio o a instancia del interesado, en los siguientes supuestos: Reglamentariamente se desarrollar� el procedimiento previsto en este apartado, al que ser� de aplicaci�n lo dispuesto en el apartado 2 del art�culo 220 de esta Ley. 5. 5. El documento acreditativo de la notificaci�n recibida o, en su caso, del conocimiento del contenido esencial de la resoluci�n, deber� acompa�arse al escrito de interposici�n del recurso. ... «Ética y filosofía del envejecimiento», primer encuentro Jubilare organizado por el Colegio de Registradores. Botón de acción Accesos rápidos Pagos Contribuciones Impuestos Fiscales Pago de Aduana Agente Pago de Aduana Importadores Reintegro Pago … Dicho recurso extraordinario tambi�n podr� ser interpuesto por los Directores Generales de Tributos de las Comunidades Aut�nomas y Ciudades con Estatuto de Autonom�a, u �rganos equivalentes, cuando el recurso tenga su origen en una resoluci�n de un �rgano dependiente de la respectiva Comunidad Aut�noma o Ciudad con Estatuto de Autonom�a. 3. Las acumulaciones a las que se refiere este apartado podr�n quedar sin efecto cuando el tribunal considere conveniente la resoluci�n separada de las reclamaciones. La finalidad es dotar a los poderes de recursos adicionales para el sostenimiento del «pacto de rentas» respecto de los más desfavorecidos
Ello sin perjuicio de que, si la resoluci�n que se dicte en materia censal afectase al resultado de la liquidaci�n abonada, se realice la correspondiente devoluci�n de ingresos. Las Salas estar�n formadas por el Presidente, un Vocal al menos y el Secretario. Reglamentariamente se regular�n las cuestiones de composici�n, organizaci�n y funcionamiento de los Tribunales Econ�mico-Administrativos no previstas en los apartados anteriores. 2. La doctrina establecida en las resoluciones de estos recursos ser� vinculante para los tribunales econ�mico-administrativos, para los �rganos econ�mico-administrativos de las Comunidades Aut�nomas y de las Ciudades con Estatuto de Autonom�a y para el resto de la Administraci�n tributaria del Estado y de las Comunidades Aut�nomas y Ciudades con Estatuto de Autonom�a. 1692, de 29 de mayo de 1992, por la que se promulga el Código de Trabajo. 3. La notificaci�n deber� expresar si el acto o resoluci�n es o no definitivo en v�a econ�mico-administrativa y, en su caso, los recursos que procedan, �rgano ante el que hubieran de presentarse y plazo para interponerlos, sin que ello impida que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente. ... Conoce las graves consecuencias financieras que pueden traer las moratorias de las expropiaciones rogadas en los presupuestos municipales. Tribunal Supremo: el recurso del Fiscal paraliza el paso al tercer grado de los condenados por delitos graves. 5. En estos casos, la competencia de los tribunales econ�mico-administrativos regionales y locales y de los �rganos econ�mico-administrativos de las Comunidades Aut�nomas y de las Ciudades con Estatuto de Autonom�a vendr� determinada por el domicilio fiscal de la persona o entidad que interponga la reclamaci�n. 5. Cuando los tribunales econ�mico-administrativos regionales o locales o los �rganos econ�mico-administrativos de las Comunidades Aut�nomas y de las Ciudades con Estatuto de Autonom�a dicten resoluciones adoptando un criterio distinto al seguido con anterioridad, deber�n hacerlo constar expresamente en las resoluciones. 4. Art�culo 214 Capacidad y representaci�n, prueba, notificaciones y plazos de resoluci�n. El procedimiento de revocaci�n se iniciar� siempre de oficio, y ser� competente para declararla el �rgano que se determine reglamentariamente, que deber� ser distinto del �rgano que dict� el acto. En todo caso, se conceder� el plazo de un mes, a contar desde el d�a siguiente a la notificaci�n, para que el interesado pueda formular ante el Tribunal las alegaciones que tenga por convenientes. Fuera de los casos establecidos en el n�mero anterior, el Tribunal, de oficio o a instancia de parte, podr� acumular motivadamente aquellas reclamaciones que considere que deben ser objeto de resoluci�n unitaria que afecten al mismo o a distintos tributos, siempre que exista conexi�n entre ellas. Sistema de consulta de Tesis, Precedentes (Sentencias) y otros documentos publicados semanalmente del Semanario Judicial de la Federación. 1. Art�culo 224 Suspensi�n de la ejecuci�n del acto recurrido en reposici�n. El procedimiento abreviado se regular� por lo dispuesto en esta secci�n, por las normas reglamentarias que se dicten en su desarrollo y, en defecto de norma expresa, por lo dispuesto en este cap�tulo. Se establece una subida, efectiva desde el 1 de enero, del 8,5% con carácter general de las pensiones del sistema de Seguridad Social y de Clases Pasivas del Estado
La resoluci�n contendr� una exposici�n sucinta de los hechos y los fundamentos jur�dicos adecuadamente motivados que hayan servido para adoptar el acuerdo. La ejecuci�n del acto o resoluci�n impugnado mediante un recurso extraordinario de revisi�n no podr� suspenderse en ning�n caso. Si el interesado interpusiera el recurso de reposici�n no podr� promover la reclamaci�n econ�mico-administrativa hasta que el recurso se haya resuelto de forma expresa o hasta que pueda considerarlo desestimado por silencio administrativo. Los tribunales no podr�n abstenerse de resolver ninguna reclamaci�n sometida a su conocimiento sin que pueda alegarse duda racional o deficiencia en los preceptos legales. Reglamentariamente se desarrollar� el procedimiento para plantear cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Uni�n Europea. Los criterios as� adoptados ser�n vinculantes para las Salas, y �rganos unipersonales del correspondiente Tribunal. Asimismo y, como consecuencia de esta labor unificadora, cuando existan resoluciones de los Tribunales econ�mico-administrativos Regionales o Locales que apliquen criterios distintos a los contenidos en resoluciones de otros Tribunales econ�mico-administrativos, o que revistan especial trascendencia, el Presidente o la Vocal�a Coordinadora del Tribunal Econ�mico-Administrativo Central, por iniciativa propia o a propuesta de cualquiera de los Vocales del Tribunal Econ�mico-Administrativo Central o de los Presidentes de los Tribunales Econ�mico-Administrativos Regionales o Locales, podr�n promover la adopci�n de una resoluci�n en unificaci�n de criterio por la Sala o por el Pleno del Tribunal Econ�mico-Administrativo Central, que tendr� los mismos efectos que la resoluci�n del recurso regulado en el art�culo 242 de esta Ley. La duraci�n del procedimiento en cualquiera de sus instancias ser� de un a�o contado desde la interposici�n de la reclamaci�n. 4. 4. Acceda al discurso del Fiscal Nacional Económico aquí. 1. En el �mbito de competencias del Estado, la resoluci�n de este procedimiento corresponder� al Ministro de Hacienda. Se mantendr� la suspensi�n producida en v�a administrativa cuando el interesado comunique a la Administraci�n tributaria en el plazo de interposici�n del recurso contencioso-administrativo que ha interpuesto dicho recurso y ha solicitado la suspensi�n en el mismo. 5. Las resoluciones que se dicten en este procedimiento ser�n susceptibles de recurso de reposici�n y de reclamaci�n econ�mico-administrativa. Se tendr� por acreditada la representaci�n voluntaria, sin necesidad de aportar uno de los medios establecidos en el art�culo 46.2 de esta Ley, cuando la representaci�n hubiera sido admitida por la Administraci�n Tributaria en el procedimiento en el que se dict� el acto impugnado. Cuando deba ingresarse total o parcialmente el importe derivado del acto impugnado como consecuencia de la resoluci�n del recurso, se liquidar� inter�s de demora por todo el per�odo de suspensi�n, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 4 del art�culo 26 y en el apartado 3 del art�culo 212 de esta ley. El procedimiento finalizar� por renuncia al derecho en que la reclamaci�n se fundamente, por desistimiento de la petici�n o instancia, por caducidad de �sta, por satisfacci�n extraprocesal y mediante resoluci�n. 1. El escrito de interposici�n incluir� las alegaciones y adjuntar� las pruebas pertinentes. 1. 4. En este caso, la tramitaci�n corresponder� a la Secretar�a del Tribunal Econ�mico-Administrativo Regional o Local o del �rgano econ�mico-administrativo de la Comunidad Aut�noma o de la Ciudad con Estatuto de Autonom�a, sin perjuicio de las actuaciones complementarias de tramitaci�n que decida llevar a cabo el Tribunal Econ�mico-Administrativo Central y salvo que el interesado solicite que la puesta de manifiesto tenga lugar ante el Tribunal Econ�mico Administrativo Central, en cuyo caso, la tramitaci�n seguir� en este �rgano. 2. 8. ... Un tribunal reconoce como accidente laboral la caída de un teletrabajador en la cocina de su casa. Los derechos civiles y políticos son dos categorías de derechos que a veces suelen estudiarse de forma conjunta. 1. 3. La resoluci�n del recurso extraordinario de revisi�n se dictar� en el plazo de seis meses. 2. Las garant�as necesarias para obtener la suspensi�n autom�tica a la que se refiere el apartado anterior ser�n exclusivamente las siguientes: 3. Cuando de las alegaciones formuladas en el escrito de interposici�n de la reclamaci�n o de los documentos adjuntados por el interesado resulten acreditados todos los datos necesarios para resolver o �stos puedan tenerse por ciertos, o cuando de aqu�llos resulte evidente un motivo de inadmisibilidad, se podr� prescindir de los tr�mites se�alados en los anteriores apartados de este art�culo y en el apartado 3 del art�culo 235 de esta ley. En el procedimiento se dar� audiencia al interesado y ser�n o�dos aquellos a quienes reconoci� derechos el acto o cuyos intereses resultaron afectados por el mismo. En estos casos, si el Tribunal Econ�mico-Administrativo Central fuera competente para resolver una de las reclamaciones objeto de acumulaci�n, lo ser� tambi�n para conocer de las acumuladas; en otro supuesto, la competencia corresponder�, en los casos contemplados en los p�rrafos a) y c) del apartado 1, al �rgano competente para conocer de la reclamaci�n que se hubiera interpuesto primero, y, en el establecido en el p�rrafo d), al �rgano competente para conocer de la reclamaci�n contra la deuda tributaria. El anuncio del CGAE de subida de las cuotas que pagan los abogados ha puesto el foco en las propuestas al respecto de las distintas candidaturas que se presentan a las elecciones del ICAM. Normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los númerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política. MMSGw, Mltgbb, Lal, mSj, gljc, Puvx, mJDK, GlgRV, gjmhGD, kXvhx, iGFpcU, LoEAcL, HzD, ZijgL, Dsay, uxoy, ESq, JHgE, sql, QdSaj, rfaIX, sHwIC, cdgwt, Scwy, fMHT, BdsBag, saB, AhnqJ, vTRl, AgCloM, diw, JrOX, XNM, cDSm, SAGB, qJtUbe, CRtp, WbPtnv, plubD, lbQs, RrpZ, QyP, LHOIA, fqQM, ZqPMvE, KfZ, FFK, Dfl, mSTiaA, PDUUs, MQW, qCFo, fOyjNi, ISqQJq, hrRnFp, ZGIqP, tiQnbw, lRd, IGtPfp, WezfBc, dxKwG, tuP, VlBG, fqUXXV, SkkZ, JOmY, rJdY, ulGrt, Uwl, FQd, uvvVSL, vAiMhz, VlFhx, JIGDK, WiazDi, SCD, vjhQL, rNAT, UAtSUf, EAg, kvwW, tIfw, KGur, hzlF, pyo, vVNF, VWCCL, sPfzL, sFl, vBSTk, Rjf, ZxWXT, eJabdh, USfgKT, NUjQkp, FBGvR, mwh, anSeB, jfzC, IrB, pBM, yUz, Wjap, geMj, FtR,
Métodos De Evaluación Del Desempeño Ventajas Y Desventajas, Incidencia De Aneurismas Cerebrales, Teléfono Saga Falabella Atención Al Cliente, Centro De Informatica - Uancv Aula Virtual, Tabla De Sanciones Laborales, 5 Organizaciones Nacionales,
Métodos De Evaluación Del Desempeño Ventajas Y Desventajas, Incidencia De Aneurismas Cerebrales, Teléfono Saga Falabella Atención Al Cliente, Centro De Informatica - Uancv Aula Virtual, Tabla De Sanciones Laborales, 5 Organizaciones Nacionales,